EXW vs. FCA (Incoterms 2020)
Con FCA en las instalaciones del vendedor, el vendedor además carga la mercancía en el camión del comprador y hace el despacho de exportación. Esa pequeña diferencia elimina los dos mayores problemas de EXW, y por eso la ICC orienta a quienes comercian internacionalmente hacia FCA.
Lado a lado
| EXW · En fábrica | FCA · Franco transportista | |
|---|---|---|
| Transporte | Cualquier modo | Cualquier modo |
| Entrega y transferencia del riesgo al comprador Diferente | En las instalaciones del vendedor, mercancía a disposición, sin cargar | Entregada al transportista del comprador en el lugar designado |
| Flete principal pagado por | Comprador | Comprador |
| Seguro | No obligatorio | No obligatorio |
| Despacho de exportación Diferente | Comprador | Vendedor |
| Despacho de importación y aranceles | Comprador | Comprador |
| Descarga en destino | Comprador | Comprador |
Dónde pasan el riesgo y los costos del vendedor al comprador
VendedorComprador
Origen → Flete principal → Destino. Diagrama simplificado: el punto exacto es el lugar designado que se escribe después de la regla. La línea de costos muestra quién paga el flete principal y, en DDP, los derechos de importación y los impuestos.
Obligaciones del vendedor comparadas (A1–A10)
| EXW | FCA | |
|---|---|---|
| A1/B1 Obligaciones generales | Suministra la mercancía y la factura comercial conforme a lo que exige el contrato, además de cualquier otra prueba de conformidad que este pida. Los documentos pueden ser en papel o electrónicos si así se acordó o es habitual. | Suministra la mercancía y la factura comercial conforme a lo que exige el contrato, además de cualquier otra prueba de conformidad que este pida. Los documentos pueden ser en papel o electrónicos si así se acordó o es habitual. |
| A2/B2 Entrega y toma de la entrega | Pone la mercancía a disposición del comprador en el punto acordado, si lo hay, dentro del lugar designado, sin cargarla en ningún vehículo de recogida, en la fecha acordada o dentro del plazo acordado. | Entrega la mercancía al transportista o a otra persona designada por el comprador en el lugar designado: si es el local del vendedor, cargándola en el vehículo del comprador; en cualquier otro lugar, poniéndola a disposición del transportista en el vehículo del vendedor y lista para descargar. |
| A3/B3 Transferencia de los riesgos | Asume todo el riesgo de pérdida o daño hasta que la mercancía se pone a disposición. | Asume todo el riesgo hasta la entrega. |
| A4/B4 Transporte | No está obligado a organizar el transporte. A petición, riesgo y costo del comprador, le da la información que este necesite para organizarlo, incluidos los requisitos de seguridad. | No está obligado a contratar el transporte; si así se acordó, el vendedor lo contrata en condiciones habituales, a riesgo y costo del comprador. Cumple los requisitos de seguridad relacionados con el transporte hasta la entrega. |
| A6/B6 Documento de entrega o de transporte | No tiene ninguna obligación frente al comprador. | Proporciona, a su costo, la prueba habitual de entrega y ayuda al comprador a obtener un documento de transporte. Si el transportista del comprador emitió al vendedor un conocimiento de embarque a bordo, se lo transmite al comprador, a menudo a través de los bancos en el marco de una carta de crédito. |
| A7/B7 Despacho de exportación e importación | No tiene obligación de despacho de exportación. Cuando proceda, ayuda al comprador, a petición, riesgo y costo de este, con los documentos y la información para el despacho de exportación, de tránsito y de importación. | Realiza y paga el despacho de exportación: licencia de exportación, autorización de seguridad para la exportación, inspección previa al embarque y demás autorizaciones oficiales. Cuando proceda, ayuda al comprador, a petición, riesgo y costo de este, con los documentos y la información para el despacho de tránsito y de importación. |
| A9/B9 Distribución de los costos | Paga todos los costos hasta que la mercancía se pone a disposición, excepto los que paga el comprador. | Paga todos los costos hasta la entrega, la prueba habitual de entrega y los derechos, impuestos y cargos del despacho de exportación. |
| A10/B10 Avisos | Da al comprador cualquier aviso que necesite para tomar la entrega. | Da al comprador un aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada o de que el transportista designado no la recibió a tiempo. |
Cuándo usar cada regla
EXW
EXW sirve para ventas nacionales o para compradores que tienen su propio agente de carga y agente de aduanas en el país del vendedor. En la mayoría de las ventas internacionales, FCA es la opción más segura, porque así el vendedor hace el despacho de exportación, algo que un comprador extranjero a menudo no puede hacer.
FCA
FCA sirve para cualquier modo de transporte y es la regla que recomienda la ICC para embarques en contenedor, en los que la mercancía se entrega en una terminal antes de la carga. Le da al comprador el control del flete y deja los trámites de exportación al vendedor, que es quien mejor los conoce.
Comparar otras reglas
Un resumen en lenguaje sencillo de Incoterms® 2020 para el uso diario. Las reglas completas las publica la Cámara de Comercio Internacional (ICC), y lo que decide es la redacción de tu contrato. Incoterms® es una marca registrada de la ICC.
Guías sobre este tema
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la carga en EXW?
El comprador. El vendedor no está obligado a cargar. Si el personal del vendedor carga el camión, el riesgo de daños durante la carga sigue siendo del comprador, salvo que el contrato diga otra cosa.
¿Se puede usar FCA para flete marítimo?
Sí. FCA se puede usar para cualquier modo de transporte, incluido el marítimo. Es la regla que recomienda la ICC para la carga marítima en contenedores en lugar de FOB.
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