Triplicate

AES y EEI en exportaciones de EE. UU.: regla de USD 2500, plazos, ITN y multas

La Información Electrónica de Exportación (Electronic Export Information, EEI) es la declaración de exportación de las mercancías que salen de Estados Unidos, presentada en el Sistema Automatizado de Exportación (Automated Export System, AES). Según el Reglamento de Comercio Exterior (Foreign Trade Regulations, FTR; 15 CFR Part 30), se exige cuando el valor de las mercancías de un mismo número Schedule B o HTS en un envío supera USD 2500, y con cualquier valor cuando se requiere una licencia de exportación. En la carga marítima debe presentarse al menos 24 horas antes de que la mercancía se cargue en el buque. El AES devuelve un Número de Transacción Interna (Internal Transaction Number, ITN), que el transportista necesita para el conocimiento de embarque o la guía aérea. La presentación es gratuita mediante ACE AESDirect; una presentación tardía o ausente puede costar hasta USD 10 000 por infracción.

Verificado con fuentes oficiales: 2026-10

De un vistazo

SistemaAES (Automated Export System); presentación gratuita mediante ACE AESDirect
Se exige cuandoMás de USD 2500 por número Schedule B o HTS y por envío, o con cualquier valor si se requiere una licencia (15 CFR 30.2, 30.37(a))
CanadáLas mercancías cuyo destino final es Canadá están exentas (15 CFR 30.36), salvo las almacenadas en Canadá para terceros países o que transitan por Canadá hacia otro país
Plazo marítimoAl menos 24 horas antes de que la carga se cargue en el buque en el puerto de EE. UU.
Aéreo, tren, camión, correoAéreo: 2 horas antes de la salida programada; tren: 2 horas antes de que el tren llegue a la frontera; camión: 1 hora antes de que el camión llegue a la frontera; correo: 2 horas antes de la exportación
Comprobante de presentaciónEl ITN, citado como AES seguido del número (por ejemplo AES X20180101987654)
ClasificaciónNúmero Schedule B (o HTS) de 10 dígitos; valor en dólares estadounidenses en el puerto de exportación de EE. UU.; peso en kilogramos
SancionesCiviles: hasta USD 10 000 por infracción; presentación tardía hasta USD 1100 por día (15 CFR 30.71), importes ajustados por inflación

Cuándo se exige la EEI

La EEI se presenta por envío: mercancías enviadas por una misma parte principal de interés de EE. UU. (U.S. principal party in interest, USPPI) a un mismo destinatario final en un mismo medio de transporte de exportación. La exención por bajo valor del 15 CFR 30.37(a) solo se aplica si el valor bajo cada número Schedule B o HTS es de USD 2500 o menos. Las líneas con el mismo número Schedule B se suman, así que dos líneas de factura de USD 1500 bajo el mismo número necesitan EEI, mientras que USD 2000 de un producto y USD 2000 de otro producto bajo números distintos no la necesitan, salvo que se aplique otra regla.

Según el 15 CFR 30.2, la EEI se exige sin importar el valor para las mercancías que requieren una licencia de la Oficina de Industria y Seguridad (Bureau of Industry and Security, BIS) o de la Dirección de Controles Comerciales de Defensa (Directorate of Defense Trade Controls, DDTC) del Departamento de Estado, las mercancías sujetas al ITAR, las que requieren una licencia o un permiso de la DEA, de la Comisión Reguladora Nuclear (Nuclear Regulatory Commission) o de otro organismo, los diamantes en bruto (HS 7102.10, 7102.21, 7102.31) y los vehículos autopropulsados usados. Los envíos cuyo destino final es Canadá están exentos según el 15 CFR 30.36, pero no las mercancías enviadas a Canadá para almacenarlas y exportarlas después a otro país, ni las que transitan por Canadá hacia un tercer país.

Quién presenta: USPPI, agente y exportaciones gestionadas por el comprador

El USPPI es la persona en Estados Unidos que recibe el principal beneficio de la exportación, normalmente el vendedor estadounidense. El USPPI puede presentar la EEI por sí mismo o autorizar a un agente, como un agente de carga, mediante un poder o una autorización escrita que indique que el agente puede crear y presentar la EEI en su nombre (15 CFR 30.3(f)). Un agente autorizado debe estar físicamente ubicado en Estados Unidos.

En una operación de exportación gestionada por el comprador (routed export transaction), el comprador extranjero (la parte principal de interés extranjera, FPPI) controla el envío y autoriza a un agente en EE. UU. a presentar la EEI. El USPPI debe igualmente darle a ese agente información de exportación completa y exacta, como el número Schedule B, el valor y la cantidad, y debería pedir una copia de los datos presentados y la autorización escrita de la FPPI.

Plazos y el ITN

Según el 15 CFR 30.4, la EEI de la carga marítima debe presentarse al menos 24 horas antes de que la carga se cargue en el puerto de EE. UU.; la de la carga aérea, 2 horas antes de la salida programada; la del tren, 2 horas antes de que el tren llegue a la frontera; la de los camiones, 1 hora antes de que el camión llegue a la frontera; y la del correo, 2 horas antes de la exportación. Las mercancías con licencia, los artículos sujetos al ITAR, los vehículos usados y otros envíos sensibles siempre deben presentarse antes de la salida.

Cuando el AES acepta la presentación, devuelve un Número de Transacción Interna (Internal Transaction Number, ITN). El USPPI o su agente entrega al transportista la cita de comprobante de presentación, AES seguido del ITN, y el transportista la declara en el manifiesto; normalmente aparece en el conocimiento de embarque o la guía aérea. Cuando no se necesita EEI, se usa en su lugar una leyenda de exención, por ejemplo NOEEI 30.37(a) para mercancías de bajo valor.

Qué datos lleva la EEI

El 15 CFR 30.6 enumera los elementos de datos. El valor es el de las mercancías en el puerto de exportación de EE. UU. en dólares estadounidenses: el precio de venta, o el costo si no se venden, más el flete interno, el seguro y otros cargos hasta el puerto de exportación de EE. UU. No es simplemente el total de la factura: en una venta CIF se excluyen el flete y el seguro internacionales; en una venta EXW se suma el flete interno hasta el puerto. El peso de envío se declara en kilogramos, incluido el embalaje normal.

Paso a paso

  1. Clasifica cada producto con su número Schedule B o HTS de 10 dígitos y suma el valor por número.
  2. Comprueba si algún producto necesita una licencia de exportación (ECCN o EAR99, ITAR) o queda cubierto de otro modo por el 15 CFR 30.2.
  3. Decide quién presenta: tú en AESDirect, tu agente de carga con una autorización escrita o el agente del comprador en una exportación gestionada por el comprador.
  4. Presenta antes del plazo del modo de transporte y guarda el ITN.
  5. Entrega el ITN al transportista o al agente de carga, verifícalo en el conocimiento de embarque o la guía aérea y conserva los registros de exportación.

Documentos que normalmente necesitas

Problemas comunes y cómo evitarlos

No se presentaron dos líneas de factura de menos de USD 2500, pero comparten un mismo número Schedule B.

Qué hacer: Suma el valor por número Schedule B o HTS; si el total supera USD 2500, se exige la EEI.

El valor de la EEI fue el total de la factura CIF.

Qué hacer: Declara el valor en el puerto de exportación de EE. UU.: precio de venta más los costos internos hasta el puerto, sin el flete ni el seguro internacionales.

La EEI se presentó después de cargar el contenedor.

Qué hacer: Presenta al menos 24 horas antes de la carga en la carga marítima; la presentación tardía puede acarrear multas de hasta USD 1100 por día.

En una exportación gestionada por el comprador, nadie sabía quién presentaba la EEI.

Qué hacer: Acuerda por escrito quién presenta, dale al agente los datos de exportación y pide una copia de la EEI presentada y el ITN.

Fuentes

  1. 15 CFR 30.2: General requirements for filing Electronic Export Information Legal Information Institute, Cornell Law School
  2. 15 CFR 30.4: Electronic Export Information filing procedures, deadlines Legal Information Institute, Cornell Law School
  3. 15 CFR 30.6: Electronic Export Information data elements Legal Information Institute, Cornell Law School
  4. 15 CFR Part 30, Subpart D: Exemptions from the requirements for filing EEI Electronic Code of Federal Regulations (eCFR)
  5. 15 CFR 30.71: False or fraudulent reporting on or misuse of the AES Legal Information Institute, Cornell Law School
  6. Automated Export System (AES): Introduction U.S. Census Bureau
  7. Understanding Routed Export Transactions U.S. Census Bureau

Las reglas cambian con frecuencia. Esta nota es una guía práctica basada en las fuentes anteriores, no asesoría legal. Confirma los requisitos vigentes con la autoridad correspondiente, tu importador o un agente aduanal autorizado antes de embarcar.

Compartir con un colegaWhatsAppLinkedInX

Notas de comercio exterior

¿Tuviste este problema? Cuéntanos cómo lo resolviste

Cuéntanos qué pasó y qué funcionó. Leemos cada mensaje. Con tu permiso, podemos agregar tu caso a esta nota, sin tu nombre ni el de tu empresa.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar AES para exportaciones de menos de USD 2500?

No, si el valor bajo cada número Schedule B o HTS del envío es de USD 2500 o menos y no se aplica ninguna licencia ni otra regla del 15 CFR 30.2. El transportista usa entonces una leyenda de exención como NOEEI 30.37(a).

¿Qué es el número ITN?

El Número de Transacción Interna (Internal Transaction Number) que devuelve el AES cuando acepta la presentación de una EEI. Se cita como AES seguido del número, por ejemplo AES X20180101987654, y se entrega al transportista como comprobante de presentación.

¿Presentar en el AES es gratis?

Sí. ACE AESDirect, la herramienta de presentación de la Oficina del Censo de EE. UU. (Census Bureau), es gratuita; necesitas una cuenta de exportador en ACE. Los agentes de carga y los proveedores de software pueden cobrar por presentar en tu nombre.

¿Las exportaciones a Canadá necesitan EEI?

Los envíos cuyo destino final es Canadá están exentos según el 15 CFR 30.36. La exención no cubre las mercancías almacenadas en Canadá para exportarlas después a otros países ni las que transitan por Canadá hacia un tercer país.

¿Cuál es la multa por no presentar el AES o presentarlo tarde?

Según el 15 CFR 30.71, las sanciones civiles llegan hasta USD 10 000 por infracción, y la presentación tardía hasta USD 1100 por día de retraso, sin superar USD 10 000 por infracción. Las infracciones cometidas a sabiendas pueden acarrear sanciones penales. Los importes se ajustan cada año por inflación.

Más herramientas gratuitas

Triplicate es gratis y sigue mejorando. ¿Te resultó útil? Apoya a Triplicate ♥