Reembolsos de aranceles IEEPA en EE. UU.: cómo reclamarlos en CAPE
Después de que la Corte Suprema resolviera el 20 de febrero de 2026 que la IEEPA no permite aranceles, la Aduana de EE. UU. (CBP) está reembolsando los aranceles IEEPA con intereses. Solo el importador de registro puede reclamar, mediante la herramienta CAPE de la CBP en el ACE Portal, y la vía depende de si cada entrada se liquidó y cuándo.
Verificado con fuentes oficiales: 2026-09
De un vistazo
Últimas novedades (septiembre de 2026)
Estas fechas cambian con frecuencia; consulta la página de reembolsos de aranceles IEEPA de la CBP y a tu agente aduanal antes de actuar.
- 20 feb 2026: la Corte Suprema resolvió en Learning Resources, Inc. v. Trump que la IEEPA no autoriza aranceles; los aranceles IEEPA terminaron.
- 20 abr 2026: la CBP abrió CAPE (Fase 1) para entradas no liquidadas y entradas liquidadas dentro de los 80 días.
- 29 jun 2026: CAPE se amplió a las entradas marcadas para reconciliación (CSMS #69066837 de la CBP).
- Julio de 2026: el Tribunal de Comercio Internacional de EE. UU. ordenó la reliquidación y el reembolso de las entradas con liquidación definitiva de los importadores que habían demandado; el gobierno apeló ante el Circuito Federal.
- 6 ago 2026: el Tribunal de Comercio Internacional de EE. UU. escuchó los argumentos de una demanda colectiva (class action, V.O.S. Selections) que podría cubrir a los importadores que no demandaron; no se reportó ningún fallo hasta finales de septiembre.
- 11 sep 2026: la CBP informó unos USD 134 700 millones en reclamos de reembolso aceptados y unos USD 122 000 millones, con intereses, certificados y enviados al Tesoro para su pago.
- 6 oct 2026: la CBP planea abrir la Fase 3 de CAPE para las entradas con liquidación definitiva cubiertas por reliquidaciones ordenadas por un tribunal, para las partes que dieron a la CBP un número de importador de registro válido antes del 30 de julio de 2026.
Quién recibe el dinero
Los reembolsos van al importador de registro indicado en la entrada, no al proveedor extranjero ni a los clientes más adelante en la cadena.
Si tu comprador en EE. UU. era el importador de registro, el reembolso va al comprador. Si vendiste en DDP y tu empresa era el importador de registro, tú lo reclamas. Si el reembolso se comparte o no es un asunto comercial regido por tu contrato. Un importador puede designar a otra parte para recibir los reembolsos con el CBP Form 4811.
Fases 1 y 2: presentar una declaración CAPE
Necesitas una cuenta del ACE Secure Data Portal con acceso a CAPE, y los datos bancarios de reembolso ACH registrados en ACE, porque la CBP no envía cheques en papel para estos reembolsos.
Una declaración CAPE es un archivo CSV que solo enumera números de entrada, hasta 9 999 por archivo; la CBP proporciona una plantilla. ACE revisa el archivo, revisa cada entrada, elimina las líneas del capítulo 99 de IEEPA y recalcula el arancel. Las entradas aceptadas se reembolsan con intereses en un único pago ACH por importador y fecha de liquidación.
Las declaraciones no se pueden editar ni retirar después de presentarlas, y las correcciones posteriores al resumen (post-summary corrections) no son la vía para los reembolsos IEEPA, así que revisa bien la lista antes de enviarla.
Entradas liquidadas hace más de 80 días
La Fase 1 de CAPE solo admite entradas dentro de los 80 días posteriores a la liquidación, porque la facultad propia de la CBP para reliquidar termina a los 90 días. Para entradas más antiguas, las opciones dependen del momento.
Dentro de los 180 días posteriores a la liquidación, un importador puede presentar una protesta (protest) ante la CBP para mantener abierta la entrada. Después de eso la entrada queda liquidada de forma definitiva, y la vía ha sido el Tribunal de Comercio Internacional de EE. UU.: la Fase 3 es para las entradas cubiertas por sus órdenes de reliquidación.
Que los importadores que no demandaron reciban o no el reembolso depende de la apelación y la demanda colectiva pendientes. Las acciones judiciales de este tipo tienen un plazo de dos años, y los abogados no coinciden en cuándo empieza a correr, así que los importadores con montos grandes en entradas más antiguas deberían buscar pronto el consejo de un abogado especializado en aduanas.
Qué no se reembolsa
Solo están cubiertos los aranceles IEEPA. Los aranceles de la Sección 232 (como los de acero, aluminio, cobre, vehículos y madera), los de la Sección 301, los derechos antidumping y compensatorios, y los aranceles ordinarios siguen siendo pagaderos. El recargo de la Sección 122 de febrero a julio de 2026 se declaró ilegal solo para los importadores que demandaron, y ese caso estaba en apelación en septiembre de 2026.
Paso a paso
- Averigua quién fue el importador de registro en cada entrada que pagó aranceles IEEPA: tú, tu comprador o un agente aduanal.
- Obtén la lista de entradas con líneas del capítulo 99 de IEEPA (9903.01 y 9903.02) de los reportes de ACE o de tu agente aduanal.
- Clasifícalas por estado: no liquidadas, liquidadas en los últimos 80 días, liquidadas entre 80 y 180 días atrás, y liquidadas de forma definitiva.
- Registra los datos bancarios de reembolso ACH en ACE y asegúrate de que el rol de CAPE esté configurado para ti o para tu agente aduanal.
- Presenta declaraciones CAPE (CSV de números de entrada, hasta 9 999 por archivo) para las entradas elegibles, conservando los ceros a la izquierda en los números de entrada.
- Para las entradas cerca del final de la ventana de 80 días, presenta primero; para las entradas de 80 a 180 días después de la liquidación, consulta con tu agente aduanal sobre las protestas.
- Para las entradas con liquidación definitiva, consulta con un abogado aduanal sobre las acciones judiciales y la Fase 3 antes de que venza el plazo.
- Da seguimiento a las aceptaciones y pagos en ACE, y actualiza tu contabilidad y cualquier condición de reparto del reembolso con compradores o proveedores.
Documentos que normalmente necesitas
- Lista de números de entrada con líneas del capítulo 99 de IEEPA
- Resúmenes de entrada (CBP Form 7501) que muestren al importador de registro
- Fechas de liquidación de cada entrada
- Cuenta del ACE Portal con acceso a CAPE
- Datos bancarios de reembolso ACH registrados en ACE
- CBP Form 4811, si los reembolsos deben ir a otra parte
- Escritos de protesta o judiciales, para las entradas más antiguas
Problemas comunes y cómo evitarlos
Qué hacer: Presenta la declaración con el número del importador de registro, o a través del agente aduanal que presentó la entrada.
Qué hacer: Verifica que los datos de reembolso ACH estén registrados en ACE; la CBP no emite cheques en papel para estos reembolsos.
Qué hacer: Consulta con tu agente aduanal sobre una protesta si aún está dentro de los 180 días desde la liquidación, o con un abogado aduanal si ya pasó ese plazo.
Qué hacer: Guarda el CSV como texto para que cada número de entrada de 11 caracteres se mantenga exacto.
Qué hacer: Solo el comprador puede reclamar; acuerda por escrito cualquier reparto del reembolso.
Fuentes
- IEEPA Duty Refunds US Customs and Border Protection
- Learning Resources, Inc. v. Trump (opinion, 20 February 2026) Supreme Court of the United States
- 19 U.S. Code § 1514 – Protest against decisions of Customs Service Legal Information Institute (US Code)
- 19 U.S. Code § 1501 – Voluntary reliquidations Legal Information Institute (US Code)
- 28 U.S. Code § 2636 – Time for commencement of action Legal Information Institute (US Code)
- 19 CFR 24.36 – Refunds of excessive duties, taxes, etc. eCFR
- CBP Reports Major Progress on IEEPA Refunds; CAPE Phase 3 Launches October 6 C.H. Robinson (customs broker advisory)
- CBP Launches CAPE for IEEPA Duty Refunds GHY International (customs broker)
- IEEPA Tariff Refunds: Critical Developments, Phase III Delays, and Action Steps National Law Review
- Securing Refunds for Finally Liquidated Entries Foley & Lardner
Las reglas cambian con frecuencia. Esta nota es una guía práctica basada en las fuentes anteriores, no asesoría legal. Confirma los requisitos vigentes con la autoridad correspondiente, tu importador o un agente aduanal autorizado antes de embarcar.
Preguntas frecuentes
¿Puede un exportador extranjero reclamar el reembolso?
Solo si era el importador de registro, por ejemplo como importador no residente en una venta DDP. De lo contrario, el reembolso va al importador de registro.
¿Cobra la CBP alguna tasa por presentar en CAPE?
No se cobra ninguna tasa por presentar declaraciones CAPE. Los agentes aduanales y asesores pueden cobrar por su propio trabajo.
¿También se reembolsan los aranceles de la Sección 301 o la Sección 232?
No. El fallo cubrió únicamente los aranceles impuestos bajo la IEEPA.
¿Cuánto tarda un reembolso?
La CBP generalmente paga entre 60 y 90 días después de aceptar una declaración CAPE, con intereses.
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