Cómo exportar a México en 2026: aranceles hasta 50%, IVA 16% y pedimento
Desde el 1 de enero de 2026, México cobra un impuesto general de importación (IGI) más alto, en su mayoría de entre 5% y 50%, sobre unas 1400 fracciones arancelarias, como textiles, prendas de vestir, calzado, acero, plásticos, automóviles y cosméticos, para las mercancías de países sin acuerdo comercial con México, entre ellos China, Corea y la India. El IGI se cobra sobre el valor en aduana, que incluye el flete y el seguro hasta México, y el IVA (impuesto al valor agregado) del 16% sobre el valor en aduana más el IGI y las demás contribuciones de importación. El importador debe ser una empresa o persona mexicana inscrita en el Padrón de Importadores del SAT (Servicio de Administración Tributaria), las mercancías se declaran en un pedimento (declaración de importación) por medio de un agente aduanal, y las etiquetas deben estar en español conforme a la NOM aplicable (Norma Oficial Mexicana) antes del despacho aduanero. Las mercancías que califican bajo el T-MEC (USMCA), el CPTPP, el acuerdo con la UE o los demás acuerdos de México conservan sus tasas preferenciales.
Verificado con fuentes oficiales: 2026-10
De un vistazo
IGI e IVA: cómo se calcula el costo de importación
Las mercancías se clasifican en una fracción arancelaria de 8 dígitos de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), más un NICO de 2 dígitos (número de identificación comercial). El impuesto general de importación (IGI) se calcula sobre el valor en aduana, que según la Ley Aduanera suma al valor de transacción el flete, el seguro y los gastos relacionados hasta el lugar de importación, es decir, una base CIF.
El IVA (impuesto al valor agregado) del 16% se cobra sobre el valor en aduana más el IGI y las demás contribuciones pagadas en la importación, y el agente aduanal calcula los importes en el pedimento. Ejemplo con un IGI ilustrativo del 25%: valor en aduana USD 10 000, IGI USD 2500, IVA del 16% sobre USD 12 500 = USD 2000, es decir, USD 4500 antes del derecho de trámite aduanero y los honorarios del agente aduanal.
Los aumentos arancelarios de 2026 para países sin acuerdo
Un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de diciembre de 2025 aumentó el IGI general en unas 1400 fracciones arancelarias a partir del 1 de enero de 2026, en su mayoría a tasas de entre 5% y 50%, en sectores como textiles y prendas de vestir, calzado, artículos de cuero, acero, plásticos, caucho, papel, vidrio, automóviles y autopartes, electrodomésticos y cosméticos. En la mayoría de las fracciones de cosméticos, por ejemplo, el IGI es ahora del 25%, y del 36% en maquillaje para labios. Un segundo decreto publicado el 23 de abril de 2026 modificó 185 fracciones más, con tasas de 5% a 35%, principalmente en químicos, papel, textiles, acero, aluminio, autopartes y maquinaria eléctrica, y ajustó los programas sectoriales PROSEC.
Los aumentos cambian la tasa general. Las mercancías originarias de un país con el que México tiene un acuerdo comercial, y para las que el importador reclama la preferencia con una prueba de origen válida, conservan la tasa preferencial. Las mercancías de países sin acuerdo, como China, Corea, la India, Tailandia e Indonesia, pagan la nueva tasa general diga lo que diga su certificado de origen, así que comprueba la tasa vigente de la fracción exacta antes de cotizar un precio de entrega.
Quién importa: el Padrón de Importadores y el pedimento
El importador debe estar inscrito en el Padrón de Importadores del SAT, que exige un RFC (Registro Federal de Contribuyentes, la clave de identificación fiscal) activo, una e.firma (firma electrónica) vigente, obligaciones fiscales al corriente, domicilio fiscal, buzón tributario validado y un agente aduanal o representante autorizado; en la práctica, es una empresa o persona establecida en México. Para los 16 sectores enumerados en el Anexo 10 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) de 2026, como químicos, calzado, textiles, acero y bienes automotrices, el importador también necesita estar en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
Conforme al artículo 36-A de la Ley Aduanera, el pedimento se transmite con copias electrónicas de la factura comercial, los documentos de transporte (conocimiento de embarque o guía aérea, lista de empaque), la prueba del cumplimiento de las regulaciones no arancelarias como las NOM y los permisos, los documentos de origen cuando se reclama una preferencia y una garantía cuando el valor declarado es inferior al precio estimado. Un vendedor extranjero que quiera vender en DDP necesita un importador de registro mexicano.
NOM, etiquetas y permisos
- Etiquetas en español: los productos que se venden a consumidores necesitan la información comercial que exige la NOM del producto, como la NOM-141-SSA1/SCFI-2012 para cosméticos; la aduana revisa en la entrada los datos de etiqueta de las NOM de información comercial.
- El Anexo 26 de las RGCE 2026 enumera los datos de etiqueta que pueden corregirse después de la inspección: el importador puede acreditar el cumplimiento en un plazo de 30 días y pagar una multa.
- Los productos de salud, los alimentos y algunos químicos necesitan permisos o avisos de la COFEPRIS u otras autoridades; confirma tu fracción y NICO con el agente aduanal antes de embarcar.
- Los cosméticos no requieren registro del producto, pero el importador presenta un aviso de funcionamiento ante la COFEPRIS y conserva los estudios de seguridad (consulta la nota de Triplicate sobre cosméticos en México).
Acuerdos comerciales y programas
La lista de acuerdos del gobierno de México incluye el T-MEC (USMCA) con Estados Unidos y Canadá, el acuerdo con la UE, la EFTA, el Acuerdo de Asociación Económica con Japón, el CPTPP, la Alianza del Pacífico y acuerdos con Colombia, Chile, Perú, Uruguay, Centroamérica, Panamá e Israel. La UE y México firmaron un acuerdo modernizado y un acuerdo comercial interino el 22 de mayo de 2026; hasta que el acuerdo interino entre en vigor, las mercancías de la UE usan el acuerdo vigente desde 2000. Mediante el CPTPP, también pueden calificar las mercancías de países como Japón, Vietnam, Malasia, Singapur y Australia.
Los fabricantes que producen en México para exportar suelen importar insumos con el programa IMMEX, y los programas sectoriales PROSEC dan aranceles más bajos sobre los insumos listados a los productores registrados; ambos están pensados para productores en México y no para vendedores de bienes de consumo terminados.
Paso a paso
- Encuentra la fracción de 8 dígitos y el NICO de cada producto y revisa las tasas vigentes de IGI general y preferencial.
- Verifica si tu país tiene un acuerdo comercial con México y si el producto cumple sus reglas de origen.
- Acuerda la regla Incoterms y el importador de registro mexicano, inscrito en el Padrón de Importadores (y en el padrón de sectores específicos si hace falta).
- Coloca las etiquetas en español conforme a la NOM correcta antes de embarcar y confirma los permisos con el agente aduanal.
- Calcula el IGI sobre el valor en aduana CIF y el IVA del 16% sobre el valor más el arancel, y envía la factura, la lista de empaque, el documento de transporte y la prueba de origen al agente aduanal.
Documentos que normalmente necesitas
- Factura comercial
- Lista de empaque
- Conocimiento de embarque o guía aérea
- Prueba de origen del acuerdo comercial utilizado
- Cumplimiento de las NOM, permisos o avisos para mercancías reguladas
Problemas comunes y cómo evitarlos
Qué hacer: Revisa la fracción después de los decretos del 29 de diciembre de 2025 y del 23 de abril de 2026; muchas tasas para países sin acuerdo subieron a entre 25% y 50%.
Qué hacer: Etiqueta la mercancía en español conforme a la NOM antes de embarcar; algunos errores de etiqueta pueden corregirse en un plazo de 30 días con una multa.
Qué hacer: El importador mexicano debe inscribirse (RFC, e.firma, buzón tributario, agente aduanal) antes de que llegue la mercancía, además del padrón de sectores específicos cuando corresponda.
Qué hacer: El valor en aduana de México incluye el flete y el seguro hasta el lugar de importación; muéstralos en la factura o presenta los documentos del flete.
Fuentes
- Decreto por el que se reforman diversas fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (DOF 29 December 2025) Diario Oficial de la Federación (SIDOF, Secretaría de Gobernación)
- Decreto por el que se modifica la Tarifa de la LIGIE y el Decreto de Programas de Promoción Sectorial (DOF 23 April 2026) Diario Oficial de la Federación (SIDOF, Secretaría de Gobernación)
- Modificaciones a la TIGIE 2026 Secretaría de Economía (SNICE)
- Ley Aduanera (consolidated text, last reform DOF 19 November 2025), Articles 36-A, 64 and 65 Cámara de Diputados
- Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 (rule 3.7.20) Diario Oficial de la Federación (SIDOF, Secretaría de Gobernación)
- Anexo 26 de las RGCE para 2026: datos omitidos o inexactos de las NOM de información comercial Servicio de Administración Tributaria (SAT)
- Segunda reforma arancelaria: el impacto de la reducción en PROSEC (24 April 2026) IDC Online
Las reglas cambian con frecuencia. Esta nota es una guía práctica basada en las fuentes anteriores, no asesoría legal. Confirma los requisitos vigentes con la autoridad correspondiente, tu importador o un agente aduanal autorizado antes de embarcar.
Códigos de puerto por país
Notas de comercio exterior
Preguntas frecuentes
¿Qué países se ven afectados por los aumentos arancelarios de México en 2026?
Las mercancías de países sin acuerdo comercial con México, como China, Corea, la India, Tailandia e Indonesia. Las mercancías que califican bajo el T-MEC (USMCA), el CPTPP, el acuerdo con la UE o los demás acuerdos de México conservan sus tasas preferenciales cuando el importador las reclama con prueba de origen.
¿Cómo se calcula el arancel de importación en México?
La tasa de IGI de la fracción de 8 dígitos se aplica al valor en aduana, que incluye el flete y el seguro hasta el lugar de importación. Después se cobra el IVA del 16% sobre el valor en aduana más el IGI y las demás contribuciones de importación.
¿Puede una empresa extranjera importar a México?
El importador debe estar inscrito en el Padrón de Importadores del SAT con un RFC, una e.firma y un domicilio fiscal en México, por lo que en la práctica es una empresa o persona establecida en México. Un vendedor extranjero que vende en DDP necesita un importador de registro mexicano.
¿Los productos necesitan etiquetas en español para entrar a México?
Sí, los productos de consumo cubiertos por una NOM de información comercial deben llevar los datos de etiqueta exigidos en español, que la aduana revisa en la entrada, así que etiqueta la mercancía antes de embarcar.
¿Cuál es la tasa de IVA en las importaciones a México?
16%, que se cobra sobre el valor en aduana más el IGI y las demás contribuciones pagadas en la importación.
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